El movimiento clínico jurídico en España

Las clínicas jurídicas empezaron a crearse en España en los primeros años de la década del 2000 con la búsqueda de metodologías docentes más activas y vinculadas a la realidad social, aprovechando los cambios propiciados por el proceso de convergencia al Espacio Europeo de Educación Superior. Fueron implantándose progresivamente en las universidades, añadiendo otros enfoques como la justicia social, el acceso a la Justicia y al Derecho y el desarrollo de las actividades pro bono por parte de los profesionales del Derecho, a menudo en colaboración con las universidades, entre otros enfoques que comentaré en este artículo. En la actualidad, existen más de 30 clínicas jurídicas, entre universidades públicas y privadas, y también en fundaciones.

A pesar de su existencia y funcionamiento en todo el Estado (alguna ya desde hace veinte años), no cuentan con una regulación académica de ámbito estatal ni tampoco se apoyan en un convenio marco estatal entre clínicas jurídicas y colegios de abogados. Las universidades han ido regulando su actuación, de manera más o menos exhaustiva, y se han ido firmando convenios de colaboración con colegios de abogados y con entidades sociales e instituciones en el ámbito local o autonómico.

¿Cómo son y qué hacen las clínicas jurídicas españolas?

Diversidad

Las clínicas jurídicas españolas se caracterizan por su gran diversidad. Se pueden diferenciar las clínicas jurídicas españolas por el reconocimiento académico de la labor de las clínicas (en estudios de grado y/o posgrado); en cuanto a su especialización (extranjería, discapacidad, discriminación, asilo, derecho a la salud, medio ambiente…); por el énfasis mayor menor o inexistente en el concepto y los mecanismos de justicia social; por el papel de abogado y/o profesor; por las funciones desarrolladas (consulta jurídica, informes jurídicos, Street law, litigio estratégico…); y, entre otros aspectos más, atendiendo a la naturaleza pública o privada de la institución en la que se crea la clínica jurídica.

Que exista esta gran diversidad no ha sido obstáculo para que no estén relacionadas entre ellas. No están organizadas en una asociación ni en una entidad con personalidad jurídica, sino que trabajan en red. A raíz de la creación de la Red Española de Clínicas jurídicas en 2012 y de la celebración de encuentros anuales en diferentes universidades que han acogido estos encuentros, los participantes en ellos (profesores, alumnos, entidades, profesionales del Derecho -abogados y jueces, normalmente- y en ocasiones representantes de colegios de abogados) intercambian experiencias, reflexiones y proyectos y acogen y orientan a nuevas clínicas jurídicas sobre los diferentes modelos de clínicas que existen en la actualidad.

Este marco de gran diversidad de modelos de clínicas jurídicas se debe en parte a su desregulación estatal, y, asimismo, a cómo los impulsores de cada clínica han sabido adaptarse al contexto en que se va a trabajar, atendiendo a factores como la buena relación con los colegios de abogados y a su aceptación y (más importante) su comprensión por parte de los profesionales de Derecho de lo que es y no es una clínica jurídica; las facilidades que se han dado por parte de las autoridades académicas a la creación y al trabajo de la clínica y a su reconocimiento como docencia, y no solo como innovación docente; la comprensión del potencial que tiene la clínica jurídica para la “contraparte” de la clínica jurídica, es decir, la entidad con la que se trabaja y entiende el carácter académico, profesional y social del proyecto y cómo participa en su desarrollo; y, el más importante de todos ellos, la implicación personal de quien impulsa, crea y dirige una clínica jurídica, que puede ser todo un equipo (profesores, alumnos, voluntarios de entidades sociales, representantes de colegios profesionales) o bien una sola persona, en algunas clínicas jurídicas.

Enfoque social

Se puede constatar también el consenso existente sobre el carácter social y transformador que se promueve desde la Red y también cómo progresivamente se ha ido incorporando el componente de justicia social y de acceso a la justicia no solo en los objetivos sino en los propios nombres de las clínicas jurídicas españolas. Asimismo, en esta línea, numerosas clínicas jurídicas han ido asumiendo la proyección social de sus respectivas Facultades de Derecho.

Fuente: M. Capellà, «La enseñanza clínica jurídica en España y la Clínica jurídica de la UIB», en: GARCIMARTIN, M. Carmen (dir) et al, Clínicas Jurídicas: Otra forma de aprender. La experiencia en España, Italia y Estados Unidos, Ed. Aranzadi, 2023, pp. 79-91.